Columna

Desapariciones y Ejército: sombras de impunidad

Justo ahora que los militares nuevamente cobran notoriedad en las calles del estado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso de tres jóvenes detenidos el 29 de diciembre de 2009 por una partida del Ejército mexicano en Buenaventura, Chihuahua.

La CIDH acaba de dar a conocer que la desaparición forzada de los primos Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes es la primera ocurrida en el contexto de la guerra contra el narcotráfico emprendida por Felipe Calderón y que hasta la fecha se desconoce el paradero de las víctimas.

La Comisión Interamericana sometió el caso a la jurisdicción de la Corte desde el pasado 9 de noviembre porque consideró que el Estado mexicano no cumplió con las recomendaciones contenidas en el llamado Informe de Fondo.

De acuerdo a los criterios de la CIDH, “la relevancia del caso obedece a que se trata de una problemática actual que ha venido en aumento en los últimos años y que ha merecido pronunciamientos, recomendaciones y expresiones de profunda preocupación por parte de la Comisión y de múltiples organismos internacionales y mandatos especiales en el ámbito de las Naciones Unidas”.

Añade el organismo en su comunicado de prensa, emitido hace apenas unas horas, que “los hechos del caso constituyen un ejemplo de los factores que contribuyen a que esta grave violación de derechos humanos tenga lugar en dicho contexto y que no sea debidamente investigada y sancionada como consecuencia de múltiples mecanismos de encubrimiento y obstrucción”.

Según se desprende del mismo documento, la Comisión determinó que los primos fueron privados de su libertad por parte de militares “con base en elementos de contexto, testigos presenciales, declaraciones de funcionarios públicos que indicaron tener conocimiento o haber recibido información en cuanto a que las víctimas se encontraban bajo custodia del Estado”, además de múltiples informes de diversos organismos “que consideraron que existen indicios suficientes en cuanto a la participación del Ejército”.

No se puede estar más de acuerdo en la consideración que refiere que “el caso también se relaciona con la situación de impunidad en que se encuentran las tres desapariciones”. Puntualmente, la CIDH argumenta: “La aplicación de la justicia militar a este caso resultó violatoria del derecho a contar con una autoridad competente, independiente e imparcial para la obtención de justicia” y acusa que “el Estado incumplió el deber de investigar con la debida diligencia y en un plazo razonable, tanto respecto de la búsqueda de las víctimas desaparecidas como respecto del esclarecimiento y la individualización y sanción de los responsables”. Adicionalmente, se dijo, hubo violaciones a los derechos humanos de los familiares de las víctimas, “derivadas de amenazas y hostigamientos en su contra, y el desplazamiento forzado de algunos de ellos”.

La CIDH ha recomendado en su Informe de Fondo que “México debe además adoptar medidas para responder a la problemática de la desaparición forzada en México y su especial incidencia en el Estado de Chihuahua”, recalcando que debe fortalecer las capacidades de investigación en los casos de desaparición forzada de personas y resolver aquellos factores estructurales que generan impunidad. Y recalca: “México debe además asegurar que las autoridades de la justicia penal militar se abstengan de obstaculizar investigaciones en casos de desaparición forzada”.