AICM: Constitución, poder y consulta popular
El presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, ya convoca a una consulta hacia finales de octubre para decidir dónde ha de quedar el nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), sin duda el más importante de toda la república y a la par de los dos o tres de América Latina. Se sabe que en las inmediaciones de Texcoco la obra ya lleva un avance de –número más, números menos– el 30 por ciento, y gastos nada despreciables de alrededor de 60 mil millones.
La obra fue objeto de un intenso debate en campaña, en el que el electo defendió como alternativa la construcción de dos pistas adosadas al aeropuerto militar de Santa Lucía, para que permanezcan los que actualmente prestan el servicio. En buen castellano esto se entendió en la campaña como un abandono definitivo de Texcoco, lo que evidentemente trastoca intereses muy fuertes en todos los sentidos, no nada más los muy obvios de los magnates nacionales, extranjeros, y desde luego los políticos vinculados a los negocios de Estado y la corrupción.
El hecho se ha convertido, para unos, en un distractor del debate nacional; a mi juicio no es la hipótesis plausible. El problema es tan importante, en la visión del futuro gobierno, que desea someterlo a una consulta popular, que ya se convoca dentro del interregno actual en el que López Obrador no tiene las facultades constitucionales, y Peña Nieto prácticamente está reducido a la nada. A la pregunta –de respuesta obvia– de si se puede o no verificar una consulta de esta índole, decimos “claro que se puede”; pero en el entendido de que la Constitución de la república, por reforma vigente desde 2014, dispone las bases sine qua non, tal consulta es inválida. A esa única conclusión se llega leyendo su artículo 35, que establece los “derechos de los ciudadanos”.
Muchas preguntas propiamente sobre la materia flotan en todos los ambientes del país. Van desde interrogantes fútiles hasta esenciales. Hasta han servido como vara para medir qué tan democráticos somos, sobre todo en reproche para aquellos que con diversos puntos de vista sostienen que materia tan técnica es difícil de definir a brazo alzado. Todavía más: si bien la nación tiene soberanía sobre su espacio aéreo, el mismo ya no puede ser visualizado con la tradicional tesis de la soberanía. Al aeropuerto señalado llegan de todo el mundo aviones que continuarán arribando si las condiciones están suficientemente certificadas y garantizadas en términos de una seguridad con altos números de estadística que toma en cuenta todos los factores imaginables. De ahí que la consulta tenga dificultades.
En fin, preguntas van y preguntas vienen, muchas bastante razonables y otras cargadas de denostación. Más allá de esto, sostengo de manera irrebatible que hay la obligación ineludible de apegarse a la Constitución de la república, y aquí paso a reseñar el artículo constitucional citado:
Pueden votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional, los que sean congregados por el Congreso de la Unión, a petición del presidente de la república, el equivalente al 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión, o los ciudadanos en un número equivalente al menos al 2 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores. Con excepción de la hipótesis anterior, la petición deberá ser aprobada por la mayoría de cada cámara del Congreso de la Unión.
Cuando la participación total corresponda al menos al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes.
Luego vienen las fronteras, materia de veda a toda consulta: no podrán ser objeto de consulta popular las restricciones de los derechos humanos reconocidos por la misma Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma (nuestro carácter de república democrática, representativa, federal y laica); la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de las fuerzas armadas.
Muy importante es el papel que la Constitución le asigna a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues tiene la encomienda de resolver, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta. Esto, para evitar que la consulta desemboque en un resultado contradictorio al código fundamental. Aparejado a lo anterior, viene el dispositivo para que el Instituto Nacional Electoral tenga a su cargo, en forma directa, la verificación de los requisitos legales, y sobre todo el que corra a su cargo (igual que en las elecciones federales) la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados. Ambos supuestos constitucionales pretender dar certidumbre a la consulta, porque si esta no existe, resultaría precaria, por decir lo menos. Obviamente que AMLO puede verificar una “encuesta”, pero no vincularía constitucionalmente a autoridad u órgano estatal alguno.
Y aún más: la consulta popular se realizará el mismo día de la jornada electoral federal, lo que para el caso significaría que de hacerse sería dentro de tres años, no en octubre próximo como lo pretende AMLO.
Afirmo que para encuadrar en el Estado de derecho hay que acatar el dispositivo constitucional y que no es correcto que ya se esté convocando por quien no tiene la investidura presidencial aún. El Congreso de la Unión ya puede tomar la decisión de peticionar la realización de la consulta, ambas cámaras ya están debidamente integradas y constituidas. De todas maneras, por poner ejemplos, tendrían que someterlo a consulta de la Corte y programar, en su caso, para 2021. La ley superior vigente no admite ninguna otra alternativa.
Va finalmente una apreciación política. Soy partidario de la democracia y de la democracia participativa también. Pero entiendo que si nos atenemos a las declaraciones de AMLO del último momento, tiene como precedente su oposición al aeropuerto que ya se construye en Texcoco y, por ende, sus simpatías por Santa Lucía. Eso se sabe hasta la saciedad, y en la coyuntura se trata de desplazar la decisión al “pueblo sabio que nunca se equivoca”, para evitar un posicionamiento claro en una materia inocultablemente de alta cientificidad. ¿Qué quiere decir esto? Que probablemente AMLO ya está por Texcoco, pero no quiere –y desde luego hoy no puede– admitirlo. El Centro para el Desarrollo de Sistemas Avanzados para la Aviación del Corporativo MITRE, a través de Bernardo Lisker lo apoyaría. En otras palabras, que el pueblo me lo diga, y así lo haré, pensando que Santa Lucía puede quedar lisa y llanamente como el aeropuerto militar que es hoy.
Hay un debate abierto sobre la democracia, pero este está muy acotado, aún en el evento de que los gobernantes no asuman su posición, que si la tienen, deben exponerla, porque son los que más elementos disciernen para eso que se llama “el conocimiento”. Por lo pronto, nadie por encima de la ley. Nadie.