Una de las particularidades que en el ámbito jurídico han de sobresalir en la sentencia que recibieron hace unos días los tres agentes que estuvieron al mando del otrora jefe de la Policía Municipal en Ciudad Juárez, Julián Leyzaola, es que los tres acusados fueron procesados y condenados por el delito, entre otros, de desaparición forzada de personas. El que se les haya procesado por éste último y no por secuestro, representa un indicio pequeño pero importante en la armonización que algunos jueces –muy pocos, por cierto– han implementado con respecto a las recomendaciones emanadas desde la ONU sobre el tema. Es decir, la diferenciación que la ONU ha hecho de ambos delitos tiene que ver con la especificidad del ente actuante de los mismos: no se puede llamar secuestro al delito que es cometido por agentes del Estado, no así, en cambio, si es cometido por sujetos sin investidura oficial; o sea, se juzgará como desaparición forzada de personas cuando representantes de la autoridad priven a personas de su libertad y contra su voluntad. Y este es el caso.
Me parece que no está de más mencionar que esta modalidad es de manufactura mexicana, una cualidad estimulada para paliar, en la medida de lo posible, el horror de los años recientes, el que forma parte del “ideario” oscuro y criminal del país como el que representan los entonces agentes Eugenio de los Santos, Francisco Javier Campoy Domínguez y Leonardo Iván Loya Hernández, quienes entre marzo y abril de 2011, al mando de Julián Leyzaola, privaron de la libertad y asesinaron a cuatro personas cuyos cadáveres fueron posteriormente localizados maniatados, con bolsas negras en la cabeza y degollados.
Otra singularidad en el caso de los exagentes sentenciados y que en su momento pertenecieron al grupo de élite Delta, adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública de aquella frontera, es que el fallo fue emitido colegiadamente por tres juezas: Emma Terán Murillo, Catalina Ruiz Pacheco y Mirna Luz Rocha Pineda, lo que habla del rol que las mujeres juegan desde hace ya buen tiempo en ciertos nodos del circuito judicial de la entidad, justo ahora, y a pesar de ello, en que el autoritarismo, el asqueo soterrado por una elección amañada de magistrados y la reiterada dependencia del poder Ejecutivo enlodan acciones como las de aquellas.
Su sentencia, por otra parte, de suyo representa un golpe al autoritarismo que encabezó en un segundo periodo el (des) gobierno de Héctor Murguía Lardizábal en Ciudad Juárez (2010-2013), al contratar a Julián Leyzaola como jefe de su policía municipal, aún cuando se sabía públicamente que se trataba de un individuo con antecedentes delictivos en Tijuana en cargo similar. A Leyzaola, la administración priísta de Murguía y del duartismo en general, lo presumieron y hasta lo premiaron. Ahora sólo falta ver, para que el proceder de las juezas se conjugue con una cosa que la historia ha dado en llamar justicia, es que Leyzaola sea sentado en el banquillo de los acusados a responder por sus delitos. De lo contrario, seguiremos viviendo en la impunidad, y el pequeño gran logro de la sentencia emitida contra tres cómplices de los crímenes de Leyzaola, se observará como la minúscula bioluminiscencia de los insectos en la hondura de la noche.