Hoy es el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, y una oportunidad para recordar que el sacrificio del líder Rosendo Radilla Pacheco no fue en balde y que él y el siempre sacrificado pueblo de Guerrero, siguen dando la batalla contra una de las formas más perversas que hay para sofocar los movimientos sociales de diversa índole.

Hoy la desaparición forzada es un delito, lo que no significa lamentablemente que haya desaparecido en nuestro país esa terrible lepra. Hoy desde Atoyac de Álvarez se recordará a Rosendo Radilla y la enorme trascendencia de su desaparición para el derecho.

Muchas voces en el país, en particular las madres buscadoras, se levantan para exigir justicia por las desapariciones que se han convertido en un ominoso signo de nuestro tiempo. La desaparición forzosa, que infunde miedo y ansiedad en muchas poblaciones del país. 

Es una agenda prioritaria en materia de derechos humanos. 

La Organización de las Naciones Unidas y en especial su división encargada de los derechos humanos ha identificado diez temas para los cuales se ofrece asistencia y cooperación técnica con el Estado mismo y desde luego con las víctimas. Por su importancia contribuimos a divulgarlos:

  1. Asegurar el derecho a la participación de las víctimas de desaparición, atenderles adecuadamente y brindarles una reparación integral.
  2. Garantizar la protección efectiva de todas las personas buscadoras ante los riesgos y ataques que enfrentan.
  3. Fortalecer la Comisión Nacional y las comisiones estatales de búsqueda, incluyendo sus consejos ciudadanos, así como las instituciones forenses y de identificación humana.
  4. Investigar de manera adecuada y diligentemente los delitos relacionados con la desaparición de personas.
  5. Continuar el fortalecimiento de la coordinación entre las autoridades responsables de la búsqueda e investigación, garantizar que las personas servidoras públicas cuenten con perfiles idóneos y que las instituciones dispongan de los recursos necesarios.
  6. Desarrollar e implementar una estrategia nacional de prevención de las desapariciones, bajo un enfoque de seguridad ciudadana y fundamentada en el respeto y la protección de los derechos humanos.
  7. Profundizar los esfuerzos de capacitación al personal judicial en el manejo de casos de desaparición, especialmente en los procedimientos de juicio de amparo y de declaración especial de ausencia por desaparición.
  8. Garantizar el funcionamiento efectivo y, en su caso expedir, las herramientas previstas en la Ley General en la materia, tales como registros, bancos de información, programas, leyes locales y reglamentos.
  9. Retomar y reforzar los trabajos por la verdad, la justicia, las memorias y el esclarecimiento histórico, relacionados con las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990.
  10. Impulsar la implementación de las recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos, en especial del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, y asegurar el cumplimiento de sus resoluciones y Acciones Urgentes.